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2 de julio de 2010

Repercusiones peridísticas en torno al caso "Kimel": el periodista tenía razón !

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONDENO AL PERIODISTA EDUARDO KIMEL A UN AÑO DE PRISION EN SUSPENSO Y A PAGAR 20 MIL DOLARES

Buenos Aires, 28 de septiembre (ANC-Utpba).- La Corte Suprema de Justicia condenó al periodista Eduardo Kimel a la pena de un año de prisión en suspenso y al pago de una indemnización de 20 mil pesos al camarista Guillermo Rivarola por el pretendido delito de calumnias e injurias supuestamente cometido en el libro “La masacre de San Patricio”.

Publicada su primera edición en 1989, el libro de Kimel investiga el asesinato de los sacerdotes Palotinos Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y Pedro Duffau, y los seminaristas Salvador Barbeito y Emilio Barletti, el 4 de julio de 1976, durante la última dictadura militar.

En 1991 el periodista fue querellado por Guillermo Rivarola, quien como juez tuvo a su cargo la investigación en los años 1976 y 1997 y que actualmente es camarista del fuero penal. Un breve párrafo, que estaba dedicado a evaluar la actuación de Rivarola en aquellos años, motivó la demanda.

El párrafo señalaba que “el juez Rivarola realizó todos los trámites inherentes. Acopió los partes policiales con las primeras informaciones, solicitó y obtuvo las pericias forenses y las balísticas. Hizo comparecer a una buena parte de las personas que podían aportar datos para el esclarecimiento”.

Añadía que “sin embargo, la lectura de las fojas judiciales conduce a una primera pregunta: ¿Se quería realmente llegar a una pista que condujera a los victimarios? La actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente cuando no cómplice de la represión dictatorial. En el caso de los palotinos, el juez Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta”.

Y concluía que “la evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto”.

En octubre de 1995, la jueza Angela Braidot, condenó a Kimel a un año de prisión en suspenso y a pagarle a Rivarola 20 mil dólares de indemnización, pero en noviembre de 1996, la sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones anuló por unanimidad el fallo y absolvió al periodista.

En diciembre de 1998, la Corte Suprema aceptó un recurso de Rivarola, revocó el fallo anterior y lo devolvió a la Cámara para que se dictara nueva sentencia que recayó en la sala IV, que con el voto de Alfredo Barbarosch y Carlos Gerome, condenaron a Kimel y confirmaron la pena impuesta por la jueza de primer instancia.

La Unión de Trabajadores de Prensa de buenos Aires (Utpba) encabezó una campaña de denuncia en el plano nacional e internacional, logrando que la condena fuera rechazada por la Federación Latinoamericana de Periodistas (Felap) y entidades empresarias locales, regionales y continentales.

El 16 de abril de 1999 se pronunció la Comisión para la Libertad de Prensa de la OEA, y en el mismo sentido lo hicieron poco después en Ciudad del Cabo (Sudáfrica), 26 organizaciones de periodistas y de derechos humanos.

Luego de ingresar en octubre de 1999 un recurso extraordinario interpuesto por los abogados de la Utpba, Alejandra Tadei y Héctor Masquelet, la Corte lo rechazó el 14 de setiembre último y confirmó la pena de primera instancia.

Kimel anticipó a ANC que “el caso será llevado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como una violación a los derechos de libertad de prensa y a la información consagrados en la Constitución Argentina y en el Pacto de San José de Costa Rica”.

KIMEL: ”MANDAN UN MENSAJE PARA TODO EL PERIODISMO”

Buenos Aires, 28 de septiembre (por Eduardo Kimel, para ANC-Utpba).- En este contexto, me siento acompañado y apoyado. Cuando escribí el libro no quise provocar el revuelo que ha generado esta insólita causa judicial. Pero la acción de la justicia me ha obligado a defender mi texto con todos los medios legales disponibles: comprobé que pretenden silenciarme porque critiqué la actuación de la Justicia durante la dictadura militar.

Y de manera corporativa, una parte de la Justicia, con argumentos que se contraponen con la realidad objetiva, defiende a Rivarola, protegiéndose por extensión de las críticas emitidas por el periodismo. Se creen inmunes, como si sus decisiones no fueran actos de gobierno sujetos al control y la crítica públicas.

Ni siquiera han tomado en cuenta que el libro demuestra claramente que todas las afirmaciones están sustentadas en una lectura y análisis serios de la causa judicial abierta por la muerte de los cinco Palotinos.

Pero el efecto del castigo no termina en mi persona. Al condenarme dan un mensaje a todo el periodismo: “Publiquen lo que quieran, acá no hay censura previa. Pero después los castigaremos con las querellas que inevitablemente se iniciarán.” Esta es una forma clara de limitación a la libertad de expresión que afecta no sólo al periodismo sino a toda la población porque cercena su derecho a ser informada.

Los jueces que me condenan no pueden demostrar que lo que escribí no es cierto. Porque el hecho objetivo es que la investigación encabezada por Rivarola en los años 76 y 77 no logró ubicar a los asesinos. Y que los criminales están en libertad entre nosotros. Del mismo modo, tampoco podrán explicar porqué si entre 1976 y 1983 hubo miles de asesinatos, secuestros y torturas cometidos por las Fuerzas Armadas, ninguno de los criminales fue castigado en ese período.

(ANC-Utpba)

“UN FALLO ABERRANTE, INCOMPRENSIBLE E INADMISIBLE”

Buenos Aires, 28 de septiembre (por Ana María Careaga* para ANC).- La Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (Utpba) expresa su profunda preocupación y rechazo ante la ratificación de la Suprema Corte de Justicia del fallo que, en una resolución anterior de la Cámara Federal, condenó al periodista Eduardo Kimel por su investigación sobre el asesinato de los sacerdotes Palotinos.

Es una resolución que avala un fallo aberrante y que no registra antecedentes en la Argentina, donde el periodista queda condenado a raíz de una querella por calumnias iniciada por el entonces juez de la causa, Guillermo Rivarola, por afirmaciones que Kimel hizo acerca de su actuación en esa causa, en el libro “La masacre de San Patricio”.

Resulta incomprensible e inadmisible que el único condenado sea el periodista que investigó tan aberrante crimen, mientras que sus responsables siguen libres, amparados en las leyes de la impunidad.

No se puede manifestar sino un profundo rechazo ante hechos como este que vulneran la libertad de expresión y atentan contra el derecho del conjunto de la sociedad a ser informada. El caso de Kimel viene a convertirse en un nuevo escalón de los más de 1.200 casos de agresiones y ataques contra periodistas y trabajadores de prensa ocurridos en los últimos diez años, en un contexto que pone de relieve aún más la gravedad de la resolución de la Corte.

La Utpba presentará el caso ante la subsecretaria de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Diana Conti, para solicitar al Gobierno que arbitre las medidas necesarias y propicie las condiciones para que la justicia sea una realidad y no una deuda pendiente.

* Secretaria de Derechos Humanos de la Utpba

(ANC-Utpba)

Fallo Completo de la CIDH

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