--------------- //////////////////////////////// Bienvenidos al blog del Instituto de Derecho Procesal Penal | Colegio de Abogados de Morón ////////////////////////////////// ---------------

2 de enero de 2010

Doctrina: Derecho Contravencional

El Derecho contravencional como Derecho administrativo sancionatorio

Por Julio B. J. Maier(*)

I. Introducción: sistema penal y sistema contravencional

Conviene, para una correcta discusión del problema que abarca el título, comenzar por ciertas definiciones que eviten, en lo posible, debates por razones meramente semánticas, v. gr. por razones relativas a la mayor o menor extensión que individualmente acordamos a aquellos nombres que utilizamos para comunicarnos. Como en todo empleo del lenguaje con ese fin, arriesgamos con convertir esa discusión en superflua, si no damos una idea acabada de los términos que hoy contraponemos y, desde el título, suponemos diferentes.

Quizás ganado por cierta inclinación hacia la crítica histórico-cultural para determinar el alcance de los conceptos que el hombre ha pergeñado a través del tiempo -que, para ser sincero, creo que, al menos para mi comprensión, ha rendido frutos- dejaré que una síntesis histórica nos aclare el primer problema que enfrentamos.

A. Sistema penal

Seguramente una visión neófita, pero también una visión cultural común, que, cualquiera que sea el grado de nuestra formación en Derecho penal, nos abarca a todos, profanos y doctos en el tema, afirmará que el sistema penal es consustancial a la vida humana gregaria, existió y existirá mientras se desarrolle la asociación humana o política, y, en el futuro, no desaparecerá de nuestro mundo, ni de aquel que sobrevendrá para generaciones posteriores. Es posible que esta sentencia termine siendo realidad en el espacio de tiempo limitado que abarcan nuestras vidas, pero ella es inexacta, al menos desde el punto de vista histórico, si exigimos cierto grado de precisión en los conceptos.

La institución que caracteriza al sistema penal es la pena estatal. Ella implica un interés directo en su aplicación de quien ejerce el poder político, sin un condicionamiento extraño a su voluntad; por tanto, la pena estatal implica, también, persecución penal oficial o pública. Pero, además, su aplicación está unida indisolublemente a un cambio abrupto de paradigma acerca de aquello que significa administrar justicia.

Previo a su aparición, la aplicación de medidas gravosas para quien debía soportarlas no sólo estaba

Buscar en este portal