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15 de noviembre de 2009

Contra el agravamiento de las detenciones de menores

Defensores de menores en alerta En una nota enviada a la Cámara de Diputados bonaerense, distintos representantes del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de la provincia de Buenos Aires criticaron el proyecto con media sanción que eleva al doble el plazo de la detención preventiva de menores y de la aprehensión. Sostienen que son reformas “regresivas” y que “restringe y suprime derechos y garantías”
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Un grupo de defensores oficiales del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de la provincia de Buenos Aires criticaron el proyecto de ley, con media sanción, que aumenta al doble los plazos de encarcelamiento preventivo de los menores de 18 años y anunciaron que de concretarse la reforma
los jovenes serán equiparos a los mayores en los plazos para resolver sus situaciones.
Los funcionarios enviaron una nota a la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos, donde debe
tratarse la iniciativa, en la que califican a las reformas como “regresivas” y que “restringe y suprime derechos y garantías”.

Para los defensores el proyecto de la senadora del Frente para la Victoria Edda Acuña “coloca en
severo riesgo….la obligación de progresividad y prohibición de regresividad”, uno de los principios más importantes del derecho de los menores, y recordaron que el estado provincial debe garantizar los derechos por lo que “vulnera esta obligación la adopción de medidas legislativas que impliquen el retroceso de tales derechos, y/o a la inversa: no los mejoren o amplíen”.

El proyecto en discusión propone reformar dos artículos de la ley 13.634. Uno de ellos es el 41 donde se proyectó lleva de 12 a 24 horas el plazo para que el agente fiscal opine si la aprehensión de un menor se debe convertir en una detención. Y el 43 por el cual se eleva de cinco a 10 días el tiempo para convocar a una audiencia en la que el juez de Garantías resuelva en las causas graves la prisión preventiva o la libertad del menor.
Los nuevos plazos propuestos son los mismos que hoy marca la ley 11.922 de mayores de edad para
resolver sus situaciones procesales. “Es decir, en términos de derechos, los niños pasarían a tener el mismo plazo que los adultos, siendo que por imperio del artículos 2 y 3 de la Convención de los Derechos del Niño, se exige receptar para los niños un mejor estándar (un “plus de derechos”) que para los adultos. So perjuicio que la equiparación implicaría un retroceso de gravedad constitucional”, criticaron los defensores.
Los representantes del Ministerio Público explicaron en su carta, a la que accedió Diariojudicial.com, que el plazo de 12 horas para resolver una aprehensión busca “llevar a cabo un control judicial inmediato, de modo de evitar zonas de discrecionalidad y penumbra, o bien incomunicaciones, o interrogatorios policiales, y/o demás abusos a los que el niño pueda quedar librado”.
Los representantes del Ministerio Público propusieron que el plazo se fije entre 16 y 18 horas “como máximo” y que en el caso que el fiscal de la orden de detención lo haga “por escrito, bajo pena de nulidad”. Además, pidieron que la aprehensión no se cumpla en una comisaría.
Respecto del aumento de cinco a 10 días del plazo para convocar a una audiencia de excarcelación del menor en el caso de causas graves, la reforma, según explicó la senadora, se basa en que los cinco días con escasos para recolectar las pruebas del proceso. “Desde un punto de vista práctico las pericias balísticas, inspecciones oculares, ruedas de reconocimientos en rueda, etc. se pueden hacer tranquilamente en los primeros 5 días, la experiencia lo ha demostrado”, refutaron los defensores.
También criticaron que la ley establezca la audiencia para las causas graves ya que “termina siendo un supuesto de presunción de peligro procesal “en abstracto”, impidiendo que sea el Juez de garantías del joven el que analice si -en el caso concreto del niño- tal peligro existe independientemente de la gravedad de los hechos”.
La nota fue firmada por los defensores Gabriel Ganon, Victoria Fila, Carla Lema, Lucrecia Sanmartino, David Perelmuter, Julián Axat, Juan Manuel Ravino, Juan Fuscaldo, Maria Fernanda Saumell, Ricardo Berenguer, Raquel Ponzzinibbio, Silvio Echarri y Luis Vidal. “Insistimos que la reforma pretendida restringe y suprime derechos y garantías, en un sentido regresivo, generando mayores potestades estatales sobre el tiempo de privación de libertades públicas de niños, en aras de los resultados y la eficacia investigativa, basados en la supuesta gravedad de hechos no definidos con clara técnica
legislativa”, concluyeron.
Fuente: Diario Judicial

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